¿Qué es un Sindicato?

Es una asociación integrada por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses económicos, sociales y profesionales relacionados con su actividad laboral con respecto al empleador. El origen de la palabra deviene de la antigua Grecia “sundikov=syndikh” y una de las interpretaciones se traduce en la frase con justicia.
En cuanto a su función esencial los grandes teóricos expresaron que debían actuar como centros organizadores para proporcionar entrenamiento a la clase trabajadora para la lucha de clases. Si la única fuerza social de los trabajadores es su fuerza numérica, el sindicato debe actuar como escuela fomentando la solidaridad y restringiendo la competencia entre ellos. El Sindicato no es un club de amigos donde todos deban congeniar en el plano personal. Su rol es mejorar las condiciones de vida laboral de los asalariados y actuar como instrumento para extender la democracia política, económica y social en el mundo del trabajo y todo el sistema económico. Su rasgo fundamental es mantener la unión obrera para obtener mejoras imposibles de alcanzar a través de la acción individual. Es entonces en la actividad colectiva donde reside el poder efectivo de los sindicatos.
Los sindicatos surgieron de la necesidad de unirse los trabajadores para mejorar las condiciones laborales enfrentando a los grupos, empresas y/o fábricas que los explotaban. Las luchas obreras fueron creciendo en experiencia, coraje, organización y pese a las persecuciones, la violencia y la muerte de obreros se fueron conformando las primeras uniones sindicales. Los mártires de Chicago, la masacre de la Patagonia fueron entre otras, los hitos de aquellas luchas. Pero no fue sino hasta fines del siglo XIX que se logró la conformación definitiva de los primeros sindicatos organizados.
Actualmente nuestro país y como legado de aquellos mártires los trabajadores contamos con derechos establecidos en la Constitución Nacional, tales como el Derecho al Trabajo, a la conformación de sindicatos y el derecho a huelga entre otros. Ignorar estos derechos logrados sobre la base de tanto esfuerzo y sacrificio implicaría el torpe desaprovechamiento de las herramientas de lucha vigentes.

Marco Normativo de los Sindicatos

Constitución Nacional

La Carta Magna tutela los siguientes derechos para los trabajadores:
Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

Ley 23.551 (Ley Nacional de Asociaciones Profesionales)

Es la ley que regula la actividad de todos los sindicatos en la República Argentina. Entre otras cosas, determina la libre afiliación, desafiliación y no afiliación de los trabajadores a las diversas entidades sindicales. Permite a su vez la creación de nuevos sindicatos.Según esta ley un sindicato se conforma De Hecho simplemente a partir de que un determinado grupo de trabajadores se reúne en Asamblea Fundacional. A partir de ese momento se está en derecho de presentar la documentación requerida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de La Nación (MTEySS) para el reconocimiento formal. Este es el otorgamiento de la inscripción gremial.

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